Por medio de la Ley 2101 de 2021 se materializó la reducción de la jornada ordinaria laboral. La señalada ley modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, el cual originalmente contemplaba una jornada máxima de 48 horas semanales, para disminuirla de manera gradual en los próximos años a 42 horas semanales.
Estos son los puntos más importantes de la Ley 2101 de 2021:
- Los derechos de los trabajadores no se verán afectados con la disminución de la jornada máxima legal, especialmente no se reducirá la remuneración salarial.
- Esta jornada laboral se puede distribuir en 5 o 6 días a la semana, con ciertas excepciones, las más relevantes son:
- Las partes podrán pactar de forma temporal o indefinida, turnos de trabajo sucesivos que no excedan 6 horas al día y 36 a la semana. Sin que esto de lugar al pago de recargo nocturno o trabajo suplementario.
- Siempre que la suma de ellas no supere 42 horas, las partes podrán pactar una jornadas diarias flexibles de mínimo 4 y máximo 9 horas diarias, en las cuales no habrá lugar al pago de trabajo suplementario.
- Aún con el consentimiento del trabajador, el empleador no podrá programar dos turnos en el mismo día. Esta regla tiene como excepción para aquellos trabajadores de dirección, confianza y manejo.
La implementación será gradual:
- Desde el 15 de julio de 2023 la jornada ordinaria se reduce a 47 horas semanales
- Posterior al 15 de julio de 2024 la jornada ordinaria pasará a 46 horas semanales.
- Desde el 15 de julio de 2025 será de 44 horas semanales.
- A partir del 15 de julio de 2026 se regulará definitivamente la jornada laboral en 42 horas semanales.
Esta implementación gradual es facultativa, el empleador podrá a su discrecionalidad acogerse a la nueva jornada laboral desde la entrada en vigencia de la ley.