Resumen ejecutivo.
El pasado 7 de agosto, se llevó a cabo el posicionamiento de Gustavo Petro como presidente de Colombia. Con su gobierno llegan distintos cambios y novedades en la forma en la que los colombianos pagarán impuestos los siguientes 4 años.
A continuación te presentamos los 10 temas más importantes:
De acuerdo con la DIAN, la declaración de renta de personas jurídicas es uno de los documentos más importantes que debe generar y presentar una empresa anualmente, ya que recopila todas aquellas actividades económicas realizadas por la compañía. Por esa razón, vale la pena resaltar que, en esta nueva actualización, los principales puntos son:
1. La tasa del impuesto a las ganancias corporativas se mantendrá sin cambios en 35%.
2. La sobretasa transitoria del 3% del impuesto sobre la renta para determinadas entidades financieras pasa a ser permanente.
3. La tasa del impuesto sobre la renta para empresas calificadas en Zonas Francas permanecerá en 20% sujeta a un requisito de exportación anual.
4. La tasa del impuesto sobre la renta para las Zonas Francas uni-empresariales aumentará al 35% (frente al 20%).
5. Ciertas partidas de ingresos no gravables, deducciones especiales, ingresos exentos y créditos tributarios tendrán un tope del 3% del ingreso neto del contribuyente antes de estas detracciones.
6. La tasa de impuesto a las ganancias de capital aumentará al 30% (frente al 10%).
7. La tarifa del Régimen SIMPLE se reducirá para los últimos tramos de ciertas actividades y montos de ingresos, y se incluye la salud y la asistencia social en el ámbito del impuesto.
8. Las siguientes partidas no gravables quedarán sujetas al Impuesto sobre la renta:
9. Se eliminaría la posibilidad de tomar el Impuesto de Industria y Comercio – como acreditable al 50% contra el Impuesto sobre la Renta. En ese sentido, solo quedaría vigente la posibilidad de tomarlo como una deducción en un 100%.
10. Las siguientes partidas de rentas exentas serán gravables:
11. Se deroga el régimen de megainversiones.
12. Se deroga la tasa del 2% por el servicio de transporte marítimo internacional, realizado por naves o artefactos navales inscritos en el registro colombiano.
13. Se deroga el tratamiento fiscal especial a los ingresos por traducción de obras literarias y científicas, así como a las inversiones en nuevas librerías.
14. Se deroga el régimen de Zona Económica y Social Especial (ZESE).
Los hidrocarburos y minerales son quienes pagarán más impuestos en esta nueva reforma tributaria. Los puntos a resaltar son:
1. Se desestimará la deducibilidad de la regalía sobre la producción en la industria de Petróleo, Gas y Minería.
2. Se deroga el certificado de reembolso de impuestos - CERT para petróleo, gas y minería.
3. Se deroga el régimen transitorio de amortización en 5 años línea recta para la industria petrolera y minera.
4. El ámbito de aplicación del impuesto sobre el carbono se amplía a la venta, importación y retirada de carbón (las exportaciones seguirán exentas). La tarifa plena del impuesto sobre el carbono será de COP 52.215 (FY 2022) por tonelada y se aplicará progresivamente hasta 2028 (tarifa plena). Se aumentan las tarifas de los demás elementos gravados con el impuesto.
5. Se establece un nuevo impuesto del 10 % a las exportaciones de petróleo crudo, carbón y oro sujeto a ciertos umbrales del precio de venta que deben superarse. La periodicidad del impuesto será mensual.
La tributación internacional permite analizar a una empresa de manera global. En este caso, las actualizaciones dentro de la Reforma Tributaria son:
1. Las reglas de sede efectiva de administración se amplían para considerar las actividades cotidianas en Colombia en lugar de probar solo el lugar donde se toman las decisiones decisivas y clave.
2. Se establece una nueva forma de presencia fiscal para los no residentes asociado a su presencia económica significativa en Colombia, sujeto a umbral de ingresos, uso de dominios .co o número de clientes en el país. Se aplicará una retención del 20%.
Es este punto, se resalta:
1. El impuesto a los dividendos para no residentes pasa del 10% al 20%.
2. Los dividendos recibidos por personas físicas tributarán a la tasa general de hasta el 39%.
Este Impuesto sobre el Valor Añadido que grava el consumo. Es un incremento de un porcentaje en el precio de cada artículo que se compra y de cada servicio que se recibe. Frente a este, es importante resaltar que:
1. Se derogan los llamados días libres de IVA.
2. Se deroga la exención del IVA, arancel e impuesto nacional sobre gasolinas y ACPM en municipios fronterizos.
En este punto se busca que las personas que tengan un patrimonio líquido, que sea igual o superior a 3.000 millones de pesos (690.000 dólares), presenten la declaración del también llamado impuesto al patrimonio. Se resalta que se deberá cancelar:
1. Un impuesto al patrimonio de hasta el 1% a aplicar a personas naturales y sociedades no residentes que no sean contribuyentes del IRS y siempre que el patrimonio neto supere los USD700k.
Las actualizaciones para personas naturales son:
1. Todas las canastas de ingresos deben agruparse para aplicar la tasa CIT.
2. Los ingresos de pensión de jubilación que excedan cierto umbral serán gravados.
3. Se rebaja el umbral del 25% para las rentas laborales exentas.
4. El total de ingresos exentos y deducciones que no excedan el 40% del ingreso imponible o más de USD10k por año.
5. Indemnización por seguro de vida que supere las 3.250 UVT (Aprox. COP 123.513.000 FY 2022) sujeta al impuesto a las ganancias de capital.
6. El monto exento del impuesto a la renta por la venta de vivienda es inferior a más de USD26k.
7. Se rebajan las asignaciones exentas por herencias y similares.
Estos impuestos, destinados a gravar los comportamientos nocivos para la salud del planeta, cuentan con las siguientes actualizaciones:
1. Se implantará un impuesto sobre los productos plásticos de un solo uso para embalaje. Determinadas exenciones a aplicar para medicamentos y residuos químicos.
2. Se implantará un impuesto al consumo de bebidas azucaradas ultra procesadas.
3. Un impuesto del 10% sobre el consumo de productos alimenticios ultra procesados con alto contenido de azúcar añadida.
Reglas generales de transición para aplicar a los contribuyentes que disfrutan de incentivos o beneficios fiscales que se eliminarán gradualmente según la legislación propuesta.
La Administración Tributaria recibirá la facultad de fijar los mecanismos de facturación del impuesto a la renta, IVA e impuestos nacionales al consumo.