Normatividad y Cumplimiento

Nuevas reglas sobre la implementación del teletrabajo en Colombia


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Autores

Germán Benitez Jaramillo

Germán Benitez Jaramillo

Gerente Laboral, Seguridad Social y Migratorio, PwC Colombia.

El pasado 18 de julio de 2022 el Ministerio del Trabajo expidió el Decreto 1227 de 2022, por medio del cual se establecieron nuevas directrices sobre la implementación del teletrabajo en Colombia.

Dentro de los aspectos a destacar de este decreto, encontramos que se suprime la obligación que tenía el empleador de modificar el Reglamento Interno de Trabajo para incluir un capítulo destinado al teletrabajo, y en su lugar, se establece la necesidad implementar una política interna de teletrabajo, en la que se reglamenten los términos, características y condiciones de esta modalidad.

Implementación del teletrabajo en Colombia

Así mismo, se elimina la exigencia de la visita presencial al lugar de trabajo por parte del empleador y la administradora de riesgos laborales (ARL) como un condicionante previo a la puesta en marcha del teletrabajo, y en su lugar, establece la posibilidad de que dicha inspección pueda ser realizada de forma virtual. 

En cuanto a las herramientas de trabajo, si bien se mantiene para el empleador la obligación de suministrarlas, el decreto contempla la posibilidad de que las partes acuerden que el teletrabajador suministre sus propios equipos de trabajo. Esto sin perjuicio de que las partes pueden pactar una suma compensatoria por ello. 

Igualmente, se brinda una mayor autonomía a las partes al permitirles fijar de mutuo acuerdo el valor del auxilio para compensar los costos de internet, telefonía fija y móvil y energía. 

Por otra parte, el Decreto incluye nuevos aspectos con relación a la reglamentación anterior, tales como:

  1. La flexibilización respecto del tiempo y modo en el desempeño de la labor contratada con el fin de garantizar la desconexión laboral

  2. La obligación de incluir en los acuerdos de teletrabajo la descripción de los requisitos mínimos del puesto de trabajo en materia de aspectos ergonómicos y tecnológicos

  3. La imposibilidad de sancionar al trabajador ante la imposibilidad de desarrollar sus actividades por causas imputables a las empresas de servicios públicos domiciliarios

  4. Implementación de modelos híbridos de trabajo para el desarrollo del teletrabajo suplementario.

Sin duda alguna las nuevas medidas buscan eliminar las barreras que dificultaban la implementación del teletrabajo, con el fin de que cada día más empleadores apuesten por esta forma de organización laboral.

 

 

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