Calendario Fiscal 2025- Febrero

Calendário Fiscal 2022

PwC Guatemala comparte contigo las principales obligaciones del mes de febrero de 2025.

Consulta la tabla y en caso de duda, no dudes en contactar con nosotros.
Actualizado el 1 de enero de 2025.

 

Fechas Asignaciones
7
  • Declaración semanal del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo de la semana del 27 de enero al 2 de febrero 2025.
10
  • Declaración mensual informativa de saldos, compras y ventas del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo correspondiente al mes de enero 2025.
13
  • Declaración Jurada de Información para el Régimen Especial de devolución de Impuesto al Valor Agregado a exportadores noviembre 2024 (Artículo 25 Ley del IVA y 25 del Reglamento).
14
  • Declaración de retenciones y pago directo de Impuesto Sobre la Renta a personas individuales y jurídicas domiciliadas en el país 7% (Artículos 44 y 49 Ley de Actualización Tributaria, Dto. 10-2012).
  • Declaración Jurada de retenciones o pago directo de Impuesto Sobre la Renta por ingresos que no fueron objeto de retención a entidades o personas que operan sin establecimiento permanente sobre: transporte internacional de carga y pasajero, prima de seguro, primas de fianzas, telefonía, transmisión de datos y comunicaciones internacionales; dividendos, utilidades, ganancias y otros beneficios 5% definitivo (Artículo 104, numeral 1, Ley de Actualización Tributaria, Dto. 10-2012).
  • Declaración de retenciones de Impuesto Sobre la Renta de suministros de noticias internacionales a empresas usuarias en el país 3% definitivo (Artículo 104, numeral 1, Ley de Actualización Tributaria, Dto. 10-2012).
  • Retenciones de Impuesto Sobre la Renta por intereses pagados o acreditados a no residentes 10% definitivo (Artículo 104 numeral 2, Ley de Actualización Tributaria, Dto. 10-2012).
  • Retenciones de Impuesto Sobre la Renta por sueldos y salarios, dietas, comisiones, regalías, honorarios y asesoría pagados al exterior 15% definitivo y el 25% definitivo a otras rentas (Artículo104 numerales 3 y 4, Ley de Actualización Tributaria, Dto. 10-2012).
  • Declaración Jurada de retenciones de Impuesto Sobre la Renta, sobre renta de Trabajo en Relación de Dependencia (Artículo 80, Ley de Actualización Tributaria, Dto. 10-2012).
  • Pago directo de Impuesto Sobre la Renta por ingresos gravados que no fueron objeto de retención del 7%, a personas domiciliadas en el país. (Artículos 44 y 48, Ley de Actualización Tributaria, Dto. 10-2012).
  • Retención del Impuesto Sobre la Renta, por emisión de facturas especiales por compra de bienes y adquisición de servicios (Artículo 16 de la Ley de Actualización Tributaria, Dto. 10-2012).
  • Retención y pago directo del Impuesto Sobre la Renta, sobre rentas de capital mobiliarias e inmobiliarias 10% definitivo (Artículo 94 y 95, Ley de Actualización Tributaria, Dto. 10-2012).
  • Retención de Impuesto Sobre la Renta sobre dividendos 5% (Artículo 93, Ley de Actualización Tributaria, Dto. 10-2012).
  • Informes de servicios de impresión de documentos, solo imprentas (Artículo 16, Dto. 20-2006).
  • Impuesto de Timbres Fiscales (3% contratos civiles y mercantiles, etc).
  • Declaración Jurada y Recibo de Pago del Impuesto a la Distribución de Bebidas Alcohólicas y otras. (Artículo 11 Dto. 09-2002).
  • Declaración Jurada y Recibo de Pago del Impuesto Sobre Cigarrillos Fabricados a Máquina y de Exportación de Cigarrillos (Artículo 25, Dto. 61-77).
  • Declaración Jurada y Recibo de pago del Impuesto Específico a la Distribución de Cemento (Artículo 9 Dto. 79-2000).
  • Declaración semanal del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo de la semana del 3 al 9 de febrero 2025.
20
  • Cuotas IGSS, IRTRA e INTECAP enero 2025 (Artículos 6 y 35 del Acuerdo 1118 del IGSS).
21
  • Retenciones del Impuesto al Valor Agregado a cargo de exportadores por adquisición de productos agrícolas y pecuarias (65%), pago de remanente.
  • Retenciones del Impuesto al Valor Agregado a cargo de exportadores por adquisición de otros productos y servicios (15%), pago de remanente.
  • Retenciones del Impuesto al Valor Agregado a cargo de empresas calificadas en el Dto. número 29-89 (65%), pago de remanente.
  • Retenciones del Impuesto al Valor Agregado a cargo de empresas operadoras de tarjetas de crédito o débito (15%).
  • Retenciones del Impuesto al Valor Agregado por adquisición de combustible con tarjetas de crédito o débito (1.5%).
  • Retenciones del Impuesto al Valor Agregado a cargo de otros agentes de retención (15%).
  • Declaración semanal del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo de la semana del 10 al 16 de febrero 2025.
28
  • Declaración Mensual del Impuesto al Valor Agregado Régimen General, febrero 2025 (Artículo 40 Ley del IVA, Decreto 27-92).
  • Impuesto al Valor Agregado retenido en la emisión de facturas especiales, febrero 2025 (Artículo 54 Ley de IVA, Decreto 27-92).
  • Declaración Jurada y Recibo de pago del Impuesto a la Distribución de Señal por Cable enero 2025 (Artículo 7 Ley Reguladora del Uso y Captación de Señales Vía Satélite y su Distribución por Cable Dto.41-92).
  • Informe Anual de Liquidación y Devolución de lo Retenido en Exceso en rentas de trabajo del 01 de enero al 31 de diciembre 2025. (Artículo 79, Ley de Actualización Tributaria, Dto. 10-2012).
  • Declaración semanal del Impuesto a la Distribución de Petróleo Crudo de la semana del 17 al 23 de febrero 2025.

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Las fechas indicadas son las que resulten de la legislación fiscal, sin perjuicio de los ajustes necesarios en función de la interpretación legal de las reglas de cómputo de los plazos (por ejemplo, un plazo que finalice en fin de semana podrá trasladarse al primer día hábil siguiente). PwC recomienda confirmar el vencimiento de los plazos para el cumplimiento de las obligaciones de información a que se refiere esta publicación.

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Francisco A. Barrios G.

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