Nueva Ley que regula la contratación de publicidad

08/06/21

En breve

El 3 de junio de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad, que busca promover la transparencia en el mercado de la publicidad, así como prevenir y combatir prácticas comerciales que constituyan una ventaja indebida.

 

En detalle

La Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad tiene por objeto regular a las agencias, los anunciantes y medios que intervienen en actividades de publicidad, estableciendo disposiciones relacionadas con los contratos celebrados entre las partes, la venta y reventa de los espacios publicitarios, su cobro, entre otros.

Entre los aspectos más relevantes destacan:

  • Regula los actos, contratos, convenios, acuerdos o procedimientos que celebren entre sí las agencias, los anunciantes y los medios.
  • Las disposiciones son aplicables cuando el anunciante tiene residencia en México y el anuncio es difundido en territorio nacional, independientemente del lugar de establecimiento de la agencia.
  • Las agencias solo podrán adquirir espacios publicitarios por cuenta y orden de un anunciante y bajo un contrato de mandato, esto es, las agencias no podrán adquirir espacios publicitarios por cuenta propia para su posterior reventa.
  • Cualquier descuento otorgado por el Medio a la Agencia debe ser transferido integralmente al Anunciante.
  • El Anunciante tiene derecho a controlar la ejecución de la campaña de publicidad.
  • Ni la Agencia ni terceros utilizados por la Agencia para la prestación de servicios al Anunciante pueden recibir remuneración, comisión o beneficio en especie por parte de un Medio.
  • El medio tendrá que enviar la factura por concepto de la venta de los espacios publicitarios directamente al anunciante, aún cuando la agencia realice el pago en su nombre.
  • Establece disposiciones que regulan la publicidad digital programática, que es la publicidad vendida a través de mecanismos automatizados.
  • Las sanciones por incumplimiento consideran multas hasta por el equivalente de 4% de sus ingresos y la autoridad sancionadora será la Comisión Federal de Competencia Económica. Lo anterior sin perjuicio de las responsabilidades civiles y/o penales que procedan.
  • Entra en vigor a partir del mes de septiembre de 2021.

Ponemos a su disposición a nuestros expertos en temas regulatorios, quienes pueden apoyarle a analizar a lograr un cumplimiento oportuno. Para más información, estamos a sus órdenes para agendar una conferencia telefónica.

Ponte en contacto

David Cuéllar

David Cuéllar

Socio líder de precios de transferencia, PwC México

Ivonne Pruneda

Ivonne Pruneda

Socia de servicios legales, PwC México

Pilar López Carasa

Pilar López Carasa

Socia de servicios legales, PwC México

Síguenos:
Ocultar

Los campos marcados con un asterisco son obligatorios(*)

Estoy de acuerdo con recibir noticias y el tratamiento de mis datos personales*

Al ingresar su dirección de correo electrónico, usted reconoce haber leído La Declaración de Privacidad (Privacy Statement) y acepta nuestro procesamiento de datos según lo establecido por la Declaración de Privacidad (incluyendo las transferencias internacionales). Si en algún momento usted cambia de opinión, y no quiere recibir información de nosotros, por favor envíenos un correo a través del siguiente formulario.