Nueva Ley que regula la contratación de publicidad

08/06/21

En breve

El 3 de junio de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad, que busca promover la transparencia en el mercado de la publicidad, así como prevenir y combatir prácticas comerciales que constituyan una ventaja indebida.

 

En detalle

La Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad tiene por objeto regular a las agencias, los anunciantes y medios que intervienen en actividades de publicidad, estableciendo disposiciones relacionadas con los contratos celebrados entre las partes, la venta y reventa de los espacios publicitarios, su cobro, entre otros.

Entre los aspectos más relevantes destacan:

  • Regula los actos, contratos, convenios, acuerdos o procedimientos que celebren entre sí las agencias, los anunciantes y los medios.
  • Las disposiciones son aplicables cuando el anunciante tiene residencia en México y el anuncio es difundido en territorio nacional, independientemente del lugar de establecimiento de la agencia.
  • Las agencias solo podrán adquirir espacios publicitarios por cuenta y orden de un anunciante y bajo un contrato de mandato, esto es, las agencias no podrán adquirir espacios publicitarios por cuenta propia para su posterior reventa.
  • Cualquier descuento otorgado por el Medio a la Agencia debe ser transferido integralmente al Anunciante.
  • El Anunciante tiene derecho a controlar la ejecución de la campaña de publicidad.
  • Ni la Agencia ni terceros utilizados por la Agencia para la prestación de servicios al Anunciante pueden recibir remuneración, comisión o beneficio en especie por parte de un Medio.
  • El medio tendrá que enviar la factura por concepto de la venta de los espacios publicitarios directamente al anunciante, aún cuando la agencia realice el pago en su nombre.
  • Establece disposiciones que regulan la publicidad digital programática, que es la publicidad vendida a través de mecanismos automatizados.
  • Las sanciones por incumplimiento consideran multas hasta por el equivalente de 4% de sus ingresos y la autoridad sancionadora será la Comisión Federal de Competencia Económica. Lo anterior sin perjuicio de las responsabilidades civiles y/o penales que procedan.
  • Entra en vigor a partir del mes de septiembre de 2021.

Ponemos a su disposición a nuestros expertos en temas regulatorios, quienes pueden apoyarle a analizar a lograr un cumplimiento oportuno. Para más información, estamos a sus órdenes para agendar una conferencia telefónica.

Ponte en contacto

David Cuéllar

David Cuéllar

Socio de Impuestos Internacionales, PwC México

Ivonne Pruneda

Ivonne Pruneda

Socia Impuestos y Servicios Legales, PwC México

Pilar López Carasa

Pilar López Carasa

Socia de Servicios Legales, PwC México

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