10/01/23
El 27 de diciembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2023 y sus Anexos 1 (formas oficiales aprobadas por el SAT), 5 (cantidades actualizadas establecidas en el Código Fiscal de la Federación), 8 (tarifas aplicables a pagos provisionales, retenciones y cálculo del impuesto sobre la renta), 15 (impuesto sobre automóviles nuevos), 19 (Cantidades actualizadas establecidas en la Ley Federal de Derechos), 26 (Códigos de Seguridad en cajetillas de cigarros) y 27 (Respecto al impuesto sobre hidrocarburos y cuotas actualizadas del derecho de exploración de hidrocarburos), la cual entró en vigor el 1 de enero de 2023 y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.
Asimismo, el 28 de diciembre de 2022 se publicó por el mismo medio el Anexo 1-A de la RMF para 2023 (fichas de tramites fiscales).
En términos generales, la RMF para 2023 es similar a las reglas vigentes en el ejercicio 2022, no obstante, destacan las modificaciones siguientes:
Lugar y forma para presentar documentación.
Los trámites que sean competencia de la Administración General de Auditoría de Comercio Exterior que no tengan un formato o medio electrónico para su presentación, o en los casos en los que los sujetos no estén obligados a inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), deberán presentarlos de forma presencial en Avenida Hidalgo, número 77, Módulo III, planta baja, Colonia Guerrero, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06300, Ciudad de México.